Impuestos en la factura de la luz: el desglose exacto que no te cuentan

Calculadora y billetes junto a facturas, representando el desglose de impuestos de la factura de la luz
De cada factura de la luz, una parte fija se cobra exista o no consumo, y sobre el total se aplican dos impuestos en cascada: uno sobre otro. Así se reparte exactamente un recibo con las tarifas de 2026.

27,70 euros. Es lo que pagas al año por cada kilovatio que tienes contratado en horas punta, lo uses o no. A eso se suma el alquiler del contador, el término de energía por lo que realmente consumes, un impuesto especial que casi nadie menciona por su nombre y, encima de todo, el IVA. Cuatro capas que se apilan una sobre otra, y la mayoría de la gente solo ve el número final sin saber qué parte es electricidad de verdad y qué parte es Hacienda.

No es un ejercicio académico. Entender esto es lo único que te dice qué puedes negociar en tu factura y qué vas a pagar sí o sí, elijas la compañía que elijas.

Lo que pagas aunque no enciendas ni una bombilla

La factura tiene dos términos distintos y conviene no mezclarlos. El primero es el término de potencia: lo que pagas por tener contratados unos kilovatios de capacidad, se consuman o no. Con las tarifas reguladas vigentes en 2026, ese peaje cuesta 27,70 €/kW al año en el periodo punta y 0,73 €/kW al año en el periodo valle. Sumando ambos y prorrateando por meses, un hogar con 4,6 kW contratados paga alrededor de 10,90 euros mensuales solo por tener la potencia disponible, antes de impuestos.

El segundo cargo fijo es el alquiler del equipo de medida, es decir, el contador. Para el modelo más habitual en viviendas —monofásico, electrónico, con telegestión— ronda los 0,81 euros al mes. Si tu contador es más antiguo o trifásico, la cifra cambia, pero siempre aparece como una línea aparte, ajena a cuánto gastes. De hecho, si cierras la casa un mes entero, estos dos cargos siguen llegando exactamente igual, sin que se consuma un solo kWh.

Lo que sí depende de ti: el término de energía

Aquí entra lo que realmente consumes, medido en kWh. Este término también tiene una parte regulada —los peajes de energía, que en 2026 son de 0,033261 €/kWh en horas punta, 0,016409 €/kWh en llano y apenas 0,000077 €/kWh en valle— y una parte que varía según tu tarifa: el precio de la propia electricidad.

Si estás en PVPC, ese precio cambia cada hora según el mercado mayorista; el miércoles 9 de septiembre de 2026, por ejemplo, la media diaria se movió en torno a 0,178 €/kWh. Si tienes una tarifa fija de mercado libre, pagas un precio único pactado con tu comercializadora, que ya incluye su margen. Ninguna de las dos opciones es mejor de forma universal: depende de si puedes desplazar consumo a las horas baratas o no, algo que conviene consultar antes de decidir tarifa.

El impuesto que casi nadie llama por su nombre

Antes de que veas el IVA, hay otro impuesto que se aplica primero y que rara vez se explica: el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE). Se calcula sobre la suma del término de potencia más el término de energía, y en 2026 su tipo ha vuelto al 5,113% general, tras un periodo con tipo reducido del 0,5% que estuvo vigente entre el 21 de marzo y el 30 de junio.

Solo después de aplicar el IEE entra el IVA, que se calcula sobre esa base ya incrementada —potencia más energía más el propio impuesto especial—. Es decir: pagas impuestos sobre un impuesto. El tipo general del IVA de la luz es del 21%, aunque existe un mecanismo pensado para bajarlo al 10% cuando la electricidad se dispara.

No hay demasiado margen para escapar de ninguno de los dos. Las únicas reducciones reales del IEE están pensadas para grandes consumidores industriales o para la parte de energía que autoconsumes con placas solares antes de verterla a la red; un hogar sin autoconsumo paga el tipo general sobre toda la factura. Y aquí conviene un matiz importante: esta cascada de impuestos se aplica igual estés en PVPC o en una tarifa fija de mercado libre. Lo único que cambia entre una y otra es la base sobre la que se calcula el término de energía —el precio horario del pool en un caso, el precio pactado con la comercializadora en el otro—; el IEE y el IVA se suman después, exactamente igual en los dos casos.

Por qué en septiembre sigues pagando el tipo completo

El Real Decreto-ley 18/2026 dejó activo un mecanismo de seguridad hasta el 30 de septiembre: si el IPC de la electricidad de junio o julio de 2026 subía más de un 15% respecto al mismo mes de 2025, la rebaja del IVA al 10% —y la del IEE al 0,5%— se reactivaba automáticamente para agosto y septiembre respectivamente. Ojo con esto: es un mecanismo automático, no una decisión política de última hora.

El problema es que, según los datos publicados por la Agencia Tributaria, ese repunte del 15% no se cumplió ni en junio ni en julio. Resultado: ni en agosto ni en septiembre de 2026 se ha aplicado la rebaja, y ambos impuestos se cobran a su tipo pleno pese a que septiembre está siendo, con diferencia, el mes más caro de electricidad de los últimos cuatro años. La letra pequeña del decreto se queda corta precisamente cuando más se necesitaría.

Conviene tener perspectiva histórica para no perderse con tanto vaivén normativo. El IVA de la luz estuvo en el 21% hasta 2021; la crisis energética de ese año lo bajó al 10% y, meses después, hasta un 5% excepcional que se prorrogó varias veces mientras los precios mayoristas se disparaban. Desde 2025 el tipo ha ido subiendo de forma escalonada hasta volver al 21% general, y el mecanismo de salvaguarda del RD-ley 18/2026 es lo único que queda de aquella rebaja: un airbag que solo se activa si el IPC eléctrico se dispara por encima del umbral fijado, no una protección permanente.

Cómo queda una factura real, línea por línea

Tomemos un hogar con 4,6 kW contratados y un consumo mensual de 300 kWh, un perfil habitual en una vivienda de tres o cuatro personas. Así se reparte, de forma aproximada:

Concepto Importe aproximado
Término de potencia (4,6 kW) 10,90 €
Alquiler del contador 0,81 €
Término de energía (300 kWh) 53,40 €
Subtotal antes de impuestos 65,11 €
Impuesto Especial sobre la Electricidad (5,113%) 3,33 €
IVA (21% sobre el total anterior) 14,37 €
Total factura 82,81 €

En este ejemplo, casi 18 euros —más de una quinta parte del recibo— son impuestos puros, y otros 11,71 euros son cargos fijos que pagarías aunque no hubieras gastado ni un kWh ese mes. La cifra exacta varía con tu potencia contratada, tu consumo y tu tarifa, pero la proporción se mantiene siempre parecida.

Lo que puedes tocar y lo que no

Los impuestos no se negocian: los paga todo el mundo, sea cual sea la comercializadora. Lo único que sí está en tu mano son tres palancas. La primera es ajustar la potencia contratada a lo que realmente necesitas, porque ese término se paga los 365 días del año, la uses o no. La segunda es revisar si te corresponde el bono social, que sí reduce directamente la factura para quien cumple los requisitos. Y la tercera es comparar tarifas: cambiar de compañía es gratuito y no puede penalizarte si se hace dentro de los plazos que marca la ley.

Nadie te va a explicar este desglose en el resumen de tu factura, y las comercializadoras no tienen ningún interés en que lo mires línea por línea. Pero es la única forma de saber si lo que estás pagando de más es culpa de tu consumo, de tu potencia contratada o, simplemente, de que Hacienda no ha activado la rebaja que llevaba meses prometida.

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